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¿Qué es el acoso sexual?

En México  el género femenino se ha visto afectado por situaciones de índole sexual o conductual que buscan afectar su vida social y laboral dejándole como respuestas continuar en la competencia o rendirse. Sin embargo, aunque el género femenino es el más acosado, esto no exime al género masculino como probable víctima.
Griselda Zúñiga Ruiz, alumna del posgrado de Administración de Organizaciones en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), señaló que todos los trabajadores han sufrido algún tipo de acoso durante su vida laboral y esto es debido a nuestra cultura. “…nos parece normal que alguien sea molestado en la escuela, oficina y hasta en la familia”
Si bien es cierto que en México no existen cifras oficiales acerca del número de personas que son o han sido víctimas de hostigamiento o acoso sexual, instituciones especializadas en el tema han realizado algunos estudios para calcular la incidencia de este fenómeno.
En fechas recientes, el periódico Milenio reportó que el abuso y hostigamiento sexual contra mujeres se disparó 350%, al pasar de 2 denuncias en 2013 a 9 en el primer trimestre de 2015. Sin embargo, que este tipo ilícitos pudiera ser aún más grave, debido a que hay una cifra negra que se presenta por el temor de las víctimas a denunciar (Milenio, 2016).
Recientemente informó el Instituto Nacional de Estadística y Geografía que, 67 de cada 100 mujeres de 15 años y más han vivido incidentes de violencia por parte de pareja o de otras personas en su familia, en la comunidad, trabajo o escuela (INEGI, 2015).
El Financiero (2014), reportó que El 44% de los profesionistas mexicanos ha sido víctima de acoso laboral, porcentaje del cual la mitad son mujeres, mientras que 65% ha sido testigo de ese tipo de abuso en contra de algún compañero de trabajo, reveló una encuesta realizada el mes de junio del 2014 por la bolsa de trabajo vía Internet OCC Mundial. Al cuestionar a los participantes sobre el origen del acoso, 45% afirmó que lo realizan en mayor medida sus superiores, 32% compañeros de trabajo y 23% compañeros de su área laboral.
El sondeo, realizado en el 2015 por Reuter México entre las mujeres de los países del G-20, también mostró que el acoso laboral es una de las principales preocupaciones para el 47% de las mexicanas y que sólo el 25% lo denunciaría.

 México ocupa el segundo lugar mundial, sólo después de Turquía, en el que las mujeres se sienten más acosadas en su lugar de trabajo, de acuerdo con un sondeo de la Fundación Thomson Reuters y la Fundación Rockefeller.
Suponiendo que las cifras anteriores sean representativas de lo que acontece en la realidad mexicana, resulta alarmante el hecho de que a diferencia de lo que pasa en otros, las víctimas de hostigamiento o acoso sexual no acudan ante las instancias competentes para hacer valer sus derechos.
El acoso sexual se define por primera vez en la Ley Federal del Trabajo a través de la modificación hecha en 2012. En el Código Penal Federal se encuentra tipificado el delito de hostigamiento sexual, indicándose en el artículo 259 Bis que al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación, se le impondrá sanción hasta de cuarenta días multa. Si el hostigador fuese servidor público y utilizara  los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, se le destituirá de su cargo.
Un empleador que se involucra en cualquier trato discriminatorio en el lugar de trabajo, realice, permita o tolere actos de acoso sexual puede ser multado de 250 a 5000 veces el salario mínimo.
Por lo tanto, con excepción de aquellas entidades federativas que no han expedido sus leyes locales de acceso de las mujeres a un vida libre de violencia y/o no han tipificado ni el hostigamiento sexual, ni el acoso sexual como delitos, da la impresión que en México el problema del acoso no radica en la legislación emitida al respecto, sino en la falta de programas integrales encaminados, por un lado, a promover la denuncia y a comprometer a los patrones a brindar un verdadero apoyo a los trabajadores que enfrentan esta clase de actos discriminatorios.
En México la Secretaría del Trabajo y Previsión Social distingue entre Hostigamiento y Acoso Sexual, como conductas que se manifiestan principalmente en ámbitos en donde pueden establecerse relaciones jerárquicas o de poder abusivas o discriminatorias, como el escolar y el laboral, estas personas pueden afectar a cualquier persona, la mayoría de los casos se presentan cuando existe una posición jerárquicamente inferior; lo que contribuye a considerar que su manifestación es la expresión de una cultura en la que se han normalizado la violencia y discriminación sustentada en los estereotipos y roles de género, y en la existencia de roles desiguales de poder entre  mujeres y hombres.

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